"Por el derecho a combatir el terrorismo"

Introducción


El presente libro es parte de la batalla para dar a conocer la injusticia cometida contra cinco cubanos a los que, por luchar en territorio norteamericano para detectar los planes criminales de organizaciones terroristas radicadas en Miami, han sido condenados a largas penas de prisión, incluyendo, cadena perpetua y, en un caso a más de una cadena perpetua.

El texto ha sido integrado, su mayoría, con documentos de publicaciones que han abordado ampliamente el tema, el que se presenta ahora de forma didáctica, en preguntas y respuestas, para facilitar la lectura y la comprensión del caso.

Con mucha claridad se explican los antecedentes y desarrollo de un juicio que, desde sus inicios, siempre tuvo un marcado propósito político, las violaciones cometidas de las leyes norteamericanas y las crueles e inhumanas condiciones a que fueron y están sometidos los cinco prisioneros.

Los jóvenes cubanos Gerardo Hernández Nordelo, Ramón Labañino Salazar, Antonio Guerrero Rodríguez, Fernando González Llort y René González Sechweret, fueron acusados y condenados por supuesto delito de conspiración contra los Estados Unidos.

En la lectura de estas páginas se encontrará la verdad: los que guardan injusta prisión en las bárbaras cárceles norteamericanas son presos políticos, heroicos luchadores contra el terrorismo, jóvenes que entregaron lo mejor de sí para evitar que las acciones de terroristas cubano-americanos de Miami pudieran llevar la muerte a nobles ciudadanos de Cuba y de los Estados Unidos. También quedan expuestas con toda claridad la manera en que las autoridades norteamericanas violan reiterada y sistemáticamente los derechos humanos de estos jóvenes y sus familiares.

Aspiramos a que toda persona que lea este testimonio se incorpore al gran movimiento de solidaridad que hoy se lleva a cabo en todas los regiones del planeta en demanda de que el gobierno de los Estados Unidos ponga fin al secuestro de los Cinco para que puedan retornar al seno de su familia y de su Patria.


Jorge Lezcano Pérez


PREGUNTAS
Y
RESPUESTAS


1.¿Cuáles son los antecedentes del caso?


El 17 de junio de 1998, el gobierno cubano presentó al FBI un memorándum sobre las acciones terroristas que se llevan a cabo contra Cuba con el patrocinio de Miami. El gobierno de los Estado Unidos reconoció que:

«En junio de 1998, tras una serie de atentados y amenazas de bombas contra ciudadanos cubanos, un equipo del FBI se reunió en La Habana con autoridades cubanas. Las discusiones se centraron en las acusaciones de que residentes estadounidenses habían participado en una conspiración terrorista relacionada con los atentados con bombas. En ese momento, las autoridades cubanas y el Buró Federal de Investigaciones intercambiaron pruebas que se analizarían en Washington D.C.»

2.¿En qué fecha fueron detenidos?

Temprano en la mañana del sábado 12 de septiembre de 1998, el FBI informó a Ileana Ros Lehtinen y Lincoln Díaz Balart, congresistas norteamericanos vinculados a la mafia de terroristas cubanos de Miami, que acababa de arrestar a cinco supuestos «espías» residentes allí. Aunque la delegación congresional de la Florida está compuesta por 25 personas, ningún otro recibió aviso anticipado de los investigadores. A pesar de que los legisladores mencionados no ocupaban en el Congreso cargos relacionados con materias de seguridad o inteligencia. El objetivo que se perseguía era que pudieran, junto con cubanos que en Miami llevan a cabo actividades para destruir la Revolución, desatar una campaña para estigmatizar tempranamente a los jóvenes prisioneros.

3.¿Cuándo fue presentada la acusación formal?

Hasta cuatro días después de la detención de los cinco jóvenes no fue que el FBI presentó acusación formal, y desde el primer instante quedó claro que se trataba de un operativo de carácter político-represivo cuya finalidad era favorecer al sector más agresivo y violento de quienes han convertido al sur de la Florida desde 1959 en la base principal para su guerra contra Cuba.

4.¿Quiénes eran los jóvenes arrestados?

Los jóvenes arrestados eran Gerardo Hernández Nordelo, Ramón Labañino Salazar, Fernando González Llort, Antonio Guerrero Rodríguez y René González Sehwerert, cinco cubanos que trabajaban y vivían en los Estados Unidos.

5.¿Qué ocurrió con ellos después del arresto?

Desde el día de su arresto hasta el 3 de febrero del año 2000, durante 17 meses, se les mantuvo en confinamiento solitario, aislados entre sí y de los demás presos. Permanecieron enclaustrados todo el tiempo en el «hueco», vocablo que intenta describir lo más infame del tratamiento que Estados Unidos reserva a una parte de sus detenidos.

6.¿Qué edad tenían los acusados cuando fueron detenidos?

Gerardo Hernández Nordelo tenía 33 años. Es graduado de la escuela de diplomacia de Cuba (Instituto de Relaciones Internacionales «Raúl Roa García»). También es diseñador gráfico.
Ramón Labañino Salazar tenía 35 años. Es graduado de economía de la Universidad de La Habana con Diploma de Oro.
Antonio Guerrero Rodríguez tenía 40 años. Nació en los Estados Unidos, sus padres eran trabajadores cubanos en la Florida. Es ingeniero graduado en el Instituto de Kiev de Ucrania, y poeta.
Fernando González Llort tenía 35 años. Es graduado de la escuela de diplomacia de Cuba (Instituto de Relaciones Internacionales «Raúl Roa García»)
René González Sehewerert, tenía 42 años. Nació en Chicago, Estados Unidos de América, sus padres son cubanos que trabajaron en Norteamérica hasta que regresaron a Cuba. Es piloto civil licenciado en Cuba y en los Estados Unidos. También es escritor.

7.¿Qué acusación se les hizo a los cinco prisioneros?

El 14 de septiembre de 1998, el Gran Jurado constituido en el distrito Sur de la Florida emitió una acusación contra varios representantes cubanos que operaban en Miami para buscar información e infiltrarse en las organizaciones terroristas cubanas. El Gran jurado emitió la acusación después que la radio, la televisión y la prensa plana habían publicado varios informes sobre el caso desde el momento de la detención de los acusados.

8.¿Entonces fueron condenados bajo la acusación de buscar información e infiltrarse en las organizaciones terroristas cubanas?

No. Como demostración de que lo que se llevaría a efecto contra los cinco cubanos sería un juicio político, desde el arresto se les hicieron acusaciones graves, las que nunca fueron demostradas pero contribuyeron a la manipulación del jurado y pueblo norteamericano.

Los nuevos cargos presentados contemplaban 26 acusaciones penales.

9.¿Cuáles fueron las acusaciones más graves?

Las dos acusaciones más graves fueron conspiración para realizar espionaje y conspiración para cometer asesinato.

10.¿Se les inculparon con otros cargos tan graves como ese?

Sí, aunque no todos inculpaban a los cinco detenidos.

El cargo 3 inculpaba a Gerardo Hernández, (7 meses después de su arresto), por conspirar consciente y deliberadamente para cometer homicidio. Asesinato en la muerte ilegal de cuatro miembros de Hermanos al Rescate, organización paramilitar cubana, cuando el 24 de febrero de 1996 fueron derribadas sus avionetas supuestamente en la jurisdicción marítima y territorial especial de los Estados Unidos, (18 usc 1111, estatuto federal de asesinato en primer grado).

Esas acusaciones penales fueron las que cuestionó con vehemencia el equipos de abogados de oficio que defendió a los cinco ciudadanos cubanos.

11.¿Quiénes fueron los tres acusados de conspiración para cometer espionaje?

Fueron acusados de este supuesto delito, Gerardo Hernández, Ramón Labañino y Antonio Guerrero, (éste último trabajaba como trabajador no calificado en la base naval Boca Chica, Cayo Hueso).

12.¿En qué consisten las restantes acusaciones?

Los otros 23 cargos se relacionaban con identificaciones falsas (18 usc 1542, 1546 y 1028); con no haberse registrado como agentes de un gobierno extranjero sin la previa notificación al Fiscal General (18 usc 951, 28c FR 73.01, seg.). En relación con este último rosario de cargos criminales, los acusados no cuestionaron las pruebas y así lo anunciaron durante la exposición inicial del caso.

13.¿Entonces, los cinco cubanos fueron acusados de espías?

No. Los Cinco no eran espías y no se les acusó por espionaje, se les acusó de conspiración para cometerlo. Esto le permitía a la fiscalía no tener que probar realmente que alguno de los acusados había realizado verdaderamente espionaje.

14.¿Qué ventajas tuvo la fiscalía en sus alegatos de acusación?

Contaron con muchas ventajas. Al invocar las muy controversiales disposiciones de la Ley de Procedimientos para la Información Clasificada, los fiscales pudieron controlar las evidencias, negándole así a la defensa el acceso a los materiales que la fiscalía había recopilado durante su investigación, los cuales eran básicamente documentos ocupados a los acusados al ser arrestados. Del total de las evidencias, la Defensa solamente tuvo acceso al 20%.

Al ver que su caso estaba fracasando y se desmoronaba, el fiscal, en su último argumento ante el jurado, apeló a la falsa y prejuiciada retórica del gobierno contra los Cinco, afirmando, no menos de tres veces, que los acusados habían venido a Norteamérica «con el fin de destruir a los Estados Unidos».

15.¿Por qué muchas personas de todas las regiones del mundo creen que los cinco cubanos fueron condenados por espías?

En primer lugar porque al gobierno de los Estados Unidos no le convenía que se conociera que el verdadero motivo por el cual se les condenaba era porque los cinco cubanos se encontraban en Miami luchando contra las organizaciones terroristas que actúan en esa Ciudad bajo el auspicio de los órganos de inteligencia norteamericanos.

En segundo lugar porque toda la prensa estadounidense y, en particular la radicada en Miami, se encargaron de suministrar al mundo esa falsa imagen, incluso fabricando hechos que nunca existieron.

16.¿Qué argumentos pueden demostrar que los cinco cubanos no estaban haciendo labor de espionaje que podían poner en peligro la seguridad nacional de los Estados Unidos?

Los principales argumentos que evidenciaban que los cinco cubanos no realizaban actividades de espionaje contra la seguridad nacional de Estados Unidos fueron demostrados no solamente por los acusados y sus abogados, sino también por militares norteamericanos de alta jerarquía.

La defensa presentó en el juicio a tres peritos: el contralmirante retirado de la Marina de Guerra de los Estados Unidos, Eugene Carroll, al general de División del Ejercito de los Estados Unidos, Edward Breed Atkeson y al Teniente General de la Fuerza Aérea de los Estado Unidos, retirado James R. Clapper. (Testigo de la Fiscalía ex jefe de la Agencia de Inteligencia por la Defensa (DIA)

Para entender bien las respuestas que estos altos militares ofrecieron hay que tener en cuenta que a Antonio Guerrero se le acusaba de espionaje porque había trabajado en un taller metalúrgico en la base de entrenamiento de la Armada en Boca Chica, en el Sur de la Florida.

17.¿Cuál fue la respuesta ofrecida por el Contralmirante Eugene Carroll cuando le preguntaron sobre Boca Chica, base de entrenamiento en la que había trabajado Antonio Guerrero?

Al responder a la pregunta ¿Qué información sobre la táctica y los entrenamientos de la Marina de Guerra de los Estados Unidos podría ser útil para el ejército cubano?; el Contralmirante Eugene Carroll dijo:
«Ninguna, que yo sepa. Durante varios decenios hemos estado enviando equipos a Cayo Hueso para entrenar y aprender las tácticas de los caza y lo hacemos porque estos aviones vienen y van, vienen y van (páginas 8229 8230).

18.¿Qué preguntas le hicieron en el juicio al general de División del Ejército de los Estados Unidos, Edward Breed Atkeson?

William Norris, abogado defensor del acusado Ramón Labañino le preguntó:

• ¿Existen diferencias entre nuestra relación con el Pacto de Varsovia y la Unión Soviética en Europa y nuestra relación con Cuba?
Respuesta: «Existen»
• ¿Cuáles son esas diferencias?
Respuesta: «Ellos (los cubanos) no constituyen una amenaza para nosotros… «No creo que nos preocupemos por Cuba en absoluto». (Páginas 11080-11081)
• ¿Qué relación guarda el temor de que vamos a atacarlos (a los cubanos) con este concepto de elementos básicos de información?
Respuesta: «Mi opinión es que ellos utilizan su organización de inteligencia para descubrir si en realidad nos preparamos para atacarlos»
• ¿Cómo lo hacen?
Respuesta: «Lo hacen mediante agentes, en este país, me imagino. Leen el periódico. Probablemente miran CNN. Tienen patrullas aéreas. De cualquier manera que se les ocurra…
• No creo que les preocupe obtener secretos nucleares de los Estados Unidos ni otras cosas de importancia estratégica que no sean pertinentes para ellos. No creen que vayamos a bombardearlos con armas nucleares»
• (Páginas 11083-11084).

19.¿Qué respuesta dio el general de División del Ejército de los Estados Unidos, Edward Breed Atkeson, a las preguntas que le hizo Paul Mckenna, abogado defensor del acusado Gerardo Hernández?

Pregunta: ¿En el examen que hizo de todos los materiales, encontró alguna vez instrucciones para que las personas consiguieran material clasificado?
Respuesta: No
Pregunta: ¿Encontró alguna vez instrucciones para que los agentes encontrasen materiales que resultasen perjudiciales para los estados Unidos?
Respuesta: No (Páginas 11100-11102)

20.¿Qué preguntas le hicieron en el juicio a James R. Clapper, hijo, Teniente General de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos, retirado, en su condición de testigo experto de la fiscalía, y cuáles fueron sus respuestas?

• El abogado defensor de Ramón Labañino, el señor William Norris, preguntó:
Pregunta: ¿Estaría de acuerdo usted, general Clapper, con que el sello o la característica de una fuente abierta de información es que la misma no es espionaje?
Respuesta: Correcto (Página 13156)
Pregunta: ¿Usted con su experiencia en inteligencia, no clasificaría a Cuba de ninguna forma o manera como una amenaza militar para los Estado Unidos?
Repuesta: En lo más mínimo. Cuba no representa, ni por asomo, una amenaza convencional. (Página 13161)
• Por su parte, Paul Mckenna, abogado defensor de Gerardo Hernández, le preguntó al General Clapper:
Pregunta: ¿Se ha tropezado alguna vez con un documento que usted inmediatamente…que usted pueda identificar ahora mismo y constatar que Giro (Gerardo Hernández) diera a alguien la orientación de obtener información secreta relacionada con la defensa nacional de los Estados Unidos?
Respuesta: No que recuerde, no.
Pregunta: ¿Lo que si ve es que él le dice a alguien que obtenga información pública, correcto?
Respuesta: Si (Página 13226)

21.¿Ante la campaña desarrollada por la prensa de Miami acusando a los cinco cubanos de espías, con el propósito de generar una histeria colectiva contra ellos, qué respuesta dieron los representantes del gobierno norteamericano?

Cuando la fiscalía tuvo que explicar su posición legal, se liberó de toda carga de probar en verdad que «algún co-conspirador cometió realmente espionaje, o recopiló realmente alguna información, pública o no pública». Los voceros del FBI, para calmar a la nación, afirmaron que la información militar «nunca estuvo en peligro», y el vocero del Pentágono explicó que «no hay indicios de que hayan tenido acceso a información clasificada o a áreas sensibles».

22.¿En qué consistió la grave acusación que se le hizo a Gerardo Hernández de conspiración para cometer asesinato en primer grado?

La acusación contra Gerardo Hernández estaba basada en el incidente del 24 de febrero de 1996 en el que la Fuerza Aérea cubana había derribado dos aviones sobre aguas territoriales de Cuba, hecho en el cual murieron cuatro personas y la fiscalía lo responsabilizaba con sus muertes.

23.¿Qué ocurrió en el juicio con esa grave acusación?

Los hechos presentados en el juicio demostraron que Gerardo Hernández no fue responsable del destino de los hombres que volaban en las naves, que no fueron objeto de ningún asesinato premeditado, y que no hubo ningún acuerdo de que si las avionetas eran derribadas debía ser en aguas cubanas. Se requerían los tres elementos para una condena.

Los fiscales admitieron que no tenían prueba alguna con respecto a un acuerdo sobre el lugar en que serían derribadas las naves intrusas. Por tanto hicieron una apelación extraordinaria al tribunal de apelaciones del 11no. Circuito.

En su petición (25 de mayo del 2001), la fiscalía reconoció que «a la luz de las pruebas presentadas en el juicio, esto constituye un obstáculo insuperable para Estados Unidos en este caso y probablemente resultará en el fracaso de la acusación en este cargo» (Página 21) ya que «impone una barrera insuperable a esta fiscalía» (página 27). Temía el gobierno que, por lo menos, «es altamente probable que el jurado solicitará mayores explicaciones sobre este asunto». (Páginas 20-21).

24.¿Ante el reconocimiento de la fiscalía sobre la debilidad de su acusación de asesinato contra Gerardo Hernández qué actitud asumieron la Corte y el Jurado?

La Corte de Apelación rechazó la solicitud de la Fiscalía. La Fiscalía a pesar de haber reconocido por escrito no estar en capacidad de probar el cargo, no obtuvo otra opción. El Jurado encontró culpable a Gerardo aunque la Fiscalía no logró probar la acusación.

25.¿Qué opina el abogado de Gerardo Hernández sobre la sanción que le impusieron culpándolo por la muerte de los pilotos de los aviones derribados?

Es criterio del abogado defensor que la conspiración para cometer asesinato por parte de Gerardo Hernández no fue probada más allá de una duda razonable (lo cual fue reconocido por el gobierno de los Estados Unidos), y constituye una acusación que no tiene precedente en la historia penal de los Estados Unidos ya que el derribo de los aviones constituyó un acto de soberanía de un estado que se encontraba protegiendo su territorio y pueblo.

26.¿Si ante el jurado nunca fueron presentadas pruebas que demostraran que Gerardo Hernández era culpable por la muerte de los pilotos que violaron el territorio cubano; ni pruebas de que los cinco prisioneros estaban realizando actividades de espionaje contra la seguridad Nacional de los Estados Unidos, por qué, entonces, fueron condenados?

Fueron condenados a exageradas e injustas sanciones porque se trataba de un juicio político dirigido a perjudicar la imagen de Cuba, y por que además, se cometieron serias violaciones de la Constitución y leyes de los Estados Unidos.

La señora Condoleezza Rice, hablando a nombre del Presidente de los Estados Unidos, confesó, en una carta al Representante estatal, David Rivera, que el arresto de los Cinco constituye un «logro» de la política de Estados Unidos hacia Cuba.

27.¿Qué violaciones se cometieron de la Constitución y leyes de los Estados Unidos durante el juicio contra René, Ramón, Fernando, Antonio y Gerardo?

Desde el momento mismo de la detención comenzaron a cometerse violaciones de sus derechos, de acuerdo con la legislación norteamericana.

A los arrestados no se les designó representante legal de oficio hasta dos días y medio después.

Inmediatamente después del arresto interrogaron a los acusados durantes largas horas, sin la presencia de ningún defensor.

Al mantenerlos en confinamiento solitario, aislados entre sí y de los demás presos durante 17 meses, se violaron las regulaciones penitenciarias norteamericanas, las cuales establecen confinamiento sólo como castigo por infracciones cometidas en la prisión (lo que no era el caso), y lo limitan a 60 días para los casos más graves, como los de asesinato.

A los Cinco se les mantuvo sin fianza durante los 33 meses transcurridos entre el arresto y el juicio.

Encubrimiento de pruebas que podían revelarse y que nunca se debieron haber clasificado. (20 000 páginas que los abogados de la defensa y los prisioneros nunca pudieron leer).

Se les impidió mantener comunicación adecuada con sus abogados y preparar su defensa con las garantías mínimas del debido proceso.

Los abogados defensores sólo tuvieron acceso al 20% de las «evidencias» que sustentaban la acusación, las cuales fueron administradas selectivamente por la Fiscalía, que en más de una ocasión, frente a reiteradas protestas, introdujo sorpresivamente centenares de páginas de nuevas «pruebas» o impidió el examen completo de la documentación.

No se accedió a la solicitud de la defensa para que se considerasen pruebas, incluso documentos oficiales, que eran fundamentales para el esclarecimiento de los hechos imputados.

Algunos testigos fueron presionados abiertamente por los fiscales, ante la jueza, en el propio tribunal, a la vista de todos, amenazándolos con acusarles a ellos también si revelaban determinadas informaciones.

Cuando la defensa señaló que de acuerdo con la ley actual el clima de opinión hostil en Miami daba lugar a una probalidad de imjusticia tal que «se requiere un cambio de sede para garantizar un juicio justo e imparcial» la fiscalía lo rechazó indignadamente.

28.¿Cuál fue la sanción impuesta a cada uno de los Cinco prisioneros?

  • Gerardo Hernández Nordelo: fue condenado a dos cadenas perpetuas, más 15 años
  • Ramón Labañino Salazar: fue condenado a cadena perpetua, más 18 años.
  • Antonio Guerrero Rodríguez: fue condenado a cadena perpetua, más 10 años.
  • Fernando González Llort: fue condenado a 19 años de prisión.
  • René González Sehewerert: fue condenado a 15 años de prisión.

29.¿Por qué el juicio se celebró en la Ciudad de Miami?

La celebración del Juicio en Miami buscaba, de manera anticipada, enviar el mensaje de que los acusados serían indefectiblemente sancionados.

Se pretendía, como lograron, con el apoyo de las organizaciones terroristas que actúan contra Cuba desde esa ciudad, y de los medios de comunicación masivas en manos de estos grupos, algunos, propiedad del gobierno norteamericano como la Radio y TV Martí, desatar una frenética e histérica campaña para estigmatizar a los jóvenes prisioneros. No hubo un día sin que se publicaran artículos o informaciones, incluyendo declaraciones de funcionarios oficiales, en que se les calumniaba y denigraba presentándolos como peligrosos enemigos de la sociedad norteamericana. De esa manera se creaba el ambiente para la aceptación mayoritaria de la población de Miami de las sanciones excesivas e injustas que, desde mucho antes de la celebración del juicio, ya habían sido diseñadas.

30.¿Si el ambiente político y social en Miami era hostil y muy adverso para los acusados, porqué el juicio no se trasladó para otra ciudad?

En varias ocasiones los abogados llamaron la atención del tribunal respecto a que la ciudad de Miami no ofrecía las mínimas condiciones para que los cinco acusados fueran juzgados imparcialmente y presentaron mociones solicitando cambio de sede del juicio. En violación de su derecho constitucional a un juicio justo e imparcial, el tribunal les denegó a los acusados la petición de cambiar de sede durante el prolongado y repetitivo proceso de litigio previo al juicio.

La Sexta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos declara:

«En todos los procesamientos penales, el acusado tendrá derecho a que se celebre en juicio público y sin demora por parte de un jurado imparcial del Estado y distrito donde se haya cometido delito…»

La Regla 21, F.R. Cr.P., establece que:

«…a petición del acusado (el tribunal) transferirá el procedimiento relativo al acusado a otro distrito… si el tribunal considera que en el distrito donde se va a celebrar el juicio existen perjuicios tan significativos contra el acusado que suponga la no celebración de un juicio justo e imparcial en cualquier lugar determinado por la ley para que sesione el tribunal en ese distrito».

La Sexta Enmienda y la Regla 21 recogían perfectamente lo que estaba ocurriendo en Miami en relación con los cinco acusados.

El período que media entre el arresto, en septiembre de 1998 y las deliberaciones del jurado, en junio de 2001, coincidió absolutamente con los sucesos relacionados con el secuestro del niño Elián González, en los que quedó evidentemente demostrado el papel y dominio que ejercen los que dominan a la población cubano-americana que allí vive. En esa misma época impidieron la actuación de grupos musicales cubanos como Van Van, y produjeron los incidentes que dieron lugar a que no se celebrara en Miami la ceremonia de premiación de los Grammy.

El doctor Garry Moran, experto en psicología propuesto por la defensa, y designado por el tribunal, testificó que una encuesta realizada en el Condado de Dade reveló que el 69% de los encuestados del Condado y el 79% de todos los hispanos encuestados, estaban predispuestos en contra de personas acusadas por las actividades expuestas en la acusación. El 49% de todos los encuestados dijeron que realmente no podían ser justos o imparciales.

Pese a toda esa argumentación y realidades, el tribunal denegó la petición de cambio de sede, alegando que los acusados no habían demostrado el grado de perjuicio omnipresente en la Ciudad.

31.¿El compromiso del jurado de garantizar a los cinco acusados un juicio justo e imparcial fue cumplido?

No, nunca fue cumplido. El compromiso no se cumplió ni en la fase preparatoria del juicio ni durante él.

El 2 de diciembre de 2000, El Nuevo Heráld, en artículo titulado «Miedo a ser jurado en juicio de espías», afirmaba: «El miedo a una reacción violenta por parte del exilio cubano si un jurado decide absolver a cinco hombres acusados de espías para el régimen de la Isla, ha llevado a muchos potenciales candidatos a pedir a la jueza que los excuse del deber cívico» y citaba a uno de esos ciudadanos: «¡Sí! Tengo miedo por mi seguridad si el veredicto no es del agrado de la comunidad cubana».

No obstante, las transcripciones aportan las pruebas más significativas de que el juicio en Miami no podía ser imparcial y justo, y de que el compromiso para que así fuera jamás se cumplió.

La transcripción literal de las actas del juicio desde el 27 de noviembre del 2000, día que comenzó la selección de los jurados, hasta junio 5 de 2001, cuando se retiraban a preparar su veredicto, muestra que las presiones a que fueron sometidos por individuos que se hacen pasar por periodistas de medios locales e incluso por los de la llamada TV Martí que pertenece al gobierno de los Estados Unidos y actúa en su nombre. La información de estos hechos la ofreció la propia Joan A Lenard, jueza Federal que presidió el juicio. En las páginas 111 y 112 aparecen las quejas de la magistrado porque camarógrafos y elementos provocadores molestaban a los posibles jurados a las puertas mismas del tribunal. En las páginas 14644 a 14646 se puede leer su descripción de cómo los jurados eran perseguidos por las cámaras hasta sus automóviles cuyas placas eran también filmadas. Los jurados, expresó la jueza «están preocupados. Están preocupados porque están siendo presionados y filmados» (página 14646).

Sin embargo, ella, la jueza, nada hizo por impedirlo. Nada hizo para evitar que los jurados no adoptaran una decisión presionados por esas situaciones.

32.¿Si Gerardo, René, Ramón, Antonio y Fernando no estaban espiando al gobierno norteamericano y poniendo con ello en peligro la seguridad nacional de Estados Unidos, qué actividades estaban realizando en Miami?

Es ampliamente conocido que, desde la Florida, se llevan a cabo numerosas acciones terroristas contra Cuba frente a las que nada hacen autoridades de Estados Unidos y que en consecuencia, en ejercicio de un derecho inalienable, Cuba tiene la obligación de defenderse frente a actividades que, como también ha sido demostrado, han ocasionado pérdidas de vidas y graves daños al pueblo norteamericano. Nadie debe olvidar que tales ignominiosas acciones contra nuestro pueblo cubano han costado la vida de 3 478 ciudadanos cubanos y daños físicos que han provocado la incapacidad de 2099 personas.

En cumplimiento de ese sagrado deber Gerardo, René, Ramón, Antonio y Fernando se encontraban en territorio norteamericano monitoreando las actividades de las organizaciones terroristas, buscando información de sus planes de agresiones militares contra Cuba y de atentados para la eliminación física de ciudadanos cubanos, e incluso, norteamericanos.

33.¿Qué antecedentes, de época reciente, tenía Cuba que justificara que esos cinco jóvenes cubanos se arriesgaran a penetrar Organizaciones terroristas en Miami?

Muchas son las evidencias que se han ido acumulando desde el inicio de la Revolución hasta la época actual de la Administración del presidente George W Bush que demuestran que desde territorio norteamericano, y, particularmente, desde Miami se han organizado y llevado a cabo actos terroristas contra el pueblo cubano y sus principales dirigentes.

En fecha tan temprana como el 17 de marzo de 1960, durante una reunión en la que participan el Vicepresidente Richard Nixon, el Secretario de Estado Christian Herter, el Director de la CIA Allen Dulles, entre otros altos jefes militares y del gobierno, el Presidente de los Estados Unidos aprueba el llamado «Programa de Acción Encubierta contra el Régimen de Castro», propuesto por la Agencia Central de Inteligencia (CIA), en el que, entre otras cosas, se autorizaba la creación de una organización secreta de inteligencia y acción dentro de Cuba. Desde entonces se han organizado más de 600 planes de asesinato contra el Presidente Fidel Castro y se han llevado a cabo innumerables actos criminales contra Cuba; organizados y ejecutados por organizaciones terroristas radicadas en Miami.

En los momentos en que Gerardo, Ramón, Antonio, Fernando y René se encontraban en los Estados Unidos numerosas y connotadas organizaciones terroristas se encontraban fraguando y ejecutando planes contra Cuba, con total impunidad, y, por supuesto, con conocimiento del gobierno norteamericano. De estas se pueden mencionar:

La Fundación Nacional Cubana Americana (FNCA), brazo financiero de las operaciones terroristas. Ha entregado grandes sumas de dinero a Orlando Bosh y Luis Posada Carriles, autores intelectuales de la voladura en pleno vuelo de un avión de Cubana en el que murieron 73 personas.

Hermanos al Rescate, fundada y dirigida por José Basulto, entrenado por la CIA, personalmente dirigió el ataque con armas de fuego contra un hotel ubicado cerca de las costas cubanas.

ALPHA-66, posee campamentos de entrenamiento militar en las afueras de Miami.

Durante esos años, y aún hoy, circulaba por las calles de Miami, Orlando Bosh, quien además de responsable intelectual del sabotaje al avión de Cubana de Aviación, fue autor de un ataque con bazuca a la sede de las Naciones Unidas en 1964 y estuvo involucrado en el asesinato de Orlando Letelier, Canciller de Chile y de Ronni Moffitt ciudadana estadounidense, en Washington D.C en septiembre de 1973.

También viven en Miami, sin que nadie los moleste, los terroristas de origen cubano Virgilio Paz y José Dionisio Suárez, quienes asesinaron a Orlando Letelier y Ronnie Moffit en la capital de los Estados Unidos y después estuvieron fugitivos de la justicia, cumplen solamente 7 años de su sentencia y son sacados a la calle gracias a las gestiones de la FNCA que paga a sus abogados.

El connotado terrorista, Luis Posada Carriles, autor intelectual del asesinato de 73 ciudadanos que viajaban en un vuelo Comercial de Cubana de Aviación; que trabajó bajo las órdenes del Teniente Coronel Oliver North en la guerra sucia contra Nicaragua; armó la mano del terrorista salvadoreño que mató a un turista italiano que se hospedaba en un hotel cubano; y se encuentra detenido en Panamá pendiente del juicio que se le sigue por intento de atentado contra el Presidente Fidel Castro, entraba y salía libremente de Miami en la época en que los cinco cubanos investigaban las actividades de las organizaciones terroristas.

34.¿Si los cinco cubanos se encontraban exclusivamente monitoreando organizaciones terroristas de cubanos radicados en Miami, de qué manera pudo el fiscal inculparlos de conspiración para cometer espionaje contra el gobierno norteamericano con riesgo para la seguridad nacional del país?

El gobierno de Estados Unidos no presentó cargo de espionaje contra ellos. Lo que el gobierno hizo en este caso es lo mismo que ha hecho usualmente cuando un juicio es político y no tiene evidencia de que haya cometido un delito. Tiene personas con antecedentes políticos que podían llevar al jurado a que emita un veredicto de culpable incluso sin evidencias, creando argumentos y usando la teoría que la Ley conoce como Conspiración.

35.¿Y que es una Conspiración?

Una Conspiración es un acuerdo para cometer un delito. El gobierno no tiene que probar que se cometió un delito. Esto facilitó el trabajo de la Fiscalía, puesto que se admite como rumor una gran parte de las pruebas que de otro modo, serían invalidadas.

De esa manera es que lograron inculparlos de un delito que nunca cometieron, y que nunca pudieron probarlo.

36.¿La fiscalía pudo mostrar pruebas contundentes que demostraran que Gerardo, Ramón y Antonio recopilaron y trasmitieron al gobierno cubano datos secretos que pusieran en riesgo la seguridad nacional de los Estados Unidos?

En ningún momento del juicio la fiscalía pudo presentar pruebas que demostraban la validez de esta acusación.

Según lo instruido por el Tribunal al jurado los elementos específicos del delito que debían ser probados más allá de toda duda razonable, serían, entre otros:

a) La información trasmitida tendría que estar relacionada con la defensa nacional.
b) La información trasmitida debe ser del tipo de información que el gobierno trata de proteger o salvaguardar de ser publicada.
c) Que los acusados tendrían que haber actuado con intención o con razones que los hicieran creer que la información sería utilizada para perjudicar a los Estados Unidos o para beneficiar a una nación extranjera.

En lugar de presentar esos elementos específicos, la Fiscalía sólo pudo decirle al jurado que a «los cinco prisioneros le habían incautado 20 000 páginas de documentos de sus computadoras, pero, de esas 20 000 páginas no podemos presentarles una página de información clasificada». Eso está en las actas del juicio.

Lo único que pudo hacer el gobierno norteamericano fue presentar pruebas de que el acusado Antonio Guerrero trasmitió información pública sobre cantidad de aviones, debido a la preocupación de Cuba por la preparación militar de los Estados Unidos para atacar a Cuba tras los sucesos del derribo de los aviones de Hermanos al Rescate. Al respecto resultan decisivas las respuestas que ofreció Edward Breed Atkeson, General de División del Ejercito de los Estados Unidos, al contestar preguntas del abogado de la defensa:

• «Mi opinión es que ellos (Cuba) utilizan su organización de inteligencia para descubrir si en realidad nos preparamos para atacarlos».
• ¿Cómo lo hacen?
• «Lo hacen mediante agentes, en este país, me imagino. Leen el periódico. Probablemente miran CNN… No creo que les preocupe obtener secretos nucleares de los Estados Unidos ni otras cosas de importancia estratégica que no sean pertinentes para ello».

Concluyendo, Antonio Guerrero estaba realizando actividades de recolección de información ajustadas a lo que expresaba la Instrucción del Jurado; él reunía información de fuente abierta, que estaba a disposición del público y que llegaba sin riesgo. La compilación de información, no de secretos, del acusado Guerrero provenía del Semanario Southermost Flyer de los Cayos, del 22 de Mayo de 1998, prueba No. 27 del acusado, o del Miami Herald del 25 de octubre de 1995.

Además, como quedó demostrado durante el juicio, la base aeronaval Boca Chica es una base abierta que no tiene siquiera una garita de seguridad en la entrada y hay letreros en la cerca que invitan a los observadores a tomar fotos.

37.¿El cargo que inculpaba a Gerardo Hernández y por el cual recibió tan severa condena, de conspirar para cometer asesinato en primer grado, fue demostrado con pruebas fehacientes e irrefutables?

En ningún momento la fiscalía y el gobierno norteamericanos pudieron presentar una sola prueba que demostrara que Gerardo era culpable del delito del que se le acusaba. La carga de intencionalidad política de esta acusación ha llevado a convertirla en única en los anales de la jurisprudencia estadounidenses.

Gerardo y sus cuatro compañeros estaban en Miami en el momento del incidente y ninguno, como se demostró, estuvo implicado en trasmitir o ejecutar la orden de derribar las avionetas.

Es ampliamente conocido que el gobierno cubano había informado con mucha anticipación al gobierno de los Estados Unidos de las provocaciones que estaba realizando Hermanos al Rescate, al volar con sus aviones sobre territorio cubano incluso su propia Capital, (25 incursiones en 20 meses), así como de que en el futuro no lo permitirían, y que sería el gobierno norteamericano el responsable de lo que pudiera ocurrir.

No obstante esta gran verdad, que la ultraderecha del gobierno norteamericano y los cubanos terroristas de Miami siempre han desconocido, el abogado de la defensa, Paul Mckenna, presentó durante el juicio contundente argumentación que exoneraba a Gerardo de cualquier responsabilidad que se le imputaba. Él afirmó:

«Los pilotos que estaban en la misión que derribó la aeronave de Hermanos al Rescate seguían las órdenes de su gobierno. Su gobierno tenía el radar cubano que mostraba el avión en su territorio soberano. Tenían derecho a defender ese territorio y, en este caso, ejercieron ese derecho después de reiteradas advertencias. No fue mala intención…creo que el gobierno confunde la situación. No estamos hablando de personas individuales. Su señoría, estamos hablando de Estado y he tratado de enmarcarlo en el contexto de un órgano de regulaciones Internacionales que salió a colación en este juicio, la OACI (Organización Internacional de Aviación Civil) para que el Jurado entienda que todas las naciones tienen derecho a proteger su territorio soberano».

Ante tan contundente argumentación y en un análisis más responsable del asunto, la fiscalía reconoció que no tenía pruebas para seguir adelante con la acusación. En petición urgente a la Corte de Apelaciones, la fiscalía expuso que «a la luz de las pruebas presentadas en el juicio, esto constituye un obstáculo insuperable para Estados Unidos en este caso y probablemente resultará en el fracaso de la acusación en este cargo». …»Ya que impone una barrera insuperable a esta fiscalía».

Pero ni siguiera este reconocimiento del acusador fue suficiente para que los jurados desestimaran el cargo, pues, como se trataba de un juicio político contra un prisionero político, aun sin pruebas, había que condenar a Gerardo, como así hicieron, a dos cadenas perpetuas, más 15 años.

38.¿Quiénes formaron el Jurado que condenó a los Cinco?

Dado el clima de temor e intimidación, ni un solo posible jurado, de los más de 160 interrogados, reconocería públicamente tener una impresión favorable de Cuba. Los tres miembros del jurado que manifestaron un criterio equilibrado -uno veía «las cosas de ambas partes»; otro escuchaba «lo bueno y lo malo»; y otro veía «los pro y los contras»- fueron eliminados rápidamente por el fiscal en virtud del ejercicio de recusación sin causa. Eso dejó a la reserva de posibles miembros del jurado, antes del ejercicio de recusación sin causa, unida en su hostilidad contra la defensa. No es de extrañar que todos los posibles miembros del jurado que finalmente fueron seleccionados, y quienes tenían opiniones sobre Cuba, expresaron opiniones muy negativas. La opinión expresada por el presidente del jurado durante el Voir dire (proceso de selección) era típica: «Creo que Castro es un dictador comunista y me opongo al comunismo. Quisiera ver que se fuera y que se estableciera la democracia en Cuba» (Vol. 4:741).

Otro miembro del jurado, un banquero retirado cuya hija trabajaba en el FBI, no era menos dogmático: «No me puedo reconciliar con esa forma de gobierno.» (Vol. 6:1296-1297). Un tercer miembro seleccionado del jurado, una mujer que trabaja para la división penal de la oficina del Fiscal del Estado, expresó criterios casi idénticos: «Me opongo enérgicamente al comunismo… Los Estados Unidos han sido justos con Cuba.» (Vol. 4:861). Los demás miembros del jurado seleccionados, demasiados renuentes a expresar públicamente sus opiniones políticas, tenían que haber tenido criterios similares dada la casi unanimidad de las respuestas negativas. Por sí sola, la fuerte parcialidad política de los que comparecieron negó a la defensa un juicio imparcial.

39.¿Existen antecedentes en los Estados Unidos en que ante cargos similares a los imputados a los Cinco la Ley se ha aplicado de manera diferente?

Ciertamente, existen varios casos en que, ante iguales o similares acusaciones que las formuladas a los Cinco, la ley fue aplicada diferente.

La hija del Presidente Carter, Amy Carter, y otros estudiantes se apoderaron de una edificación en el Campus de la Universidad de Massachussets para evitar que la CIA desarrollara allí entrevistas a estudiantes que quizás emplearan. Cuando ella se presentó ante la Corte dijo que técnicamente había violado la ley pero que lo había hecho porque en esos tiempos la CIA estaba involucrada en una operación ilegal en Nicaragua. Por lo tanto, su violación técnica debía ser perdonada bajo la doctrina del Estado de Necesidad. La Corte aceptó el argumento y ella salió absuelta porque el jurado- después de ser informado por una serie de testigos- se percató que lo que Amy Carter y otros estudiantes habían hecho formaba parte de un proceso para evitar un mal mayor.

Un año después de la condena de los Cinco, el mismo Fiscal de los Estados Unidos que había sostenido que los cinco acusados de conspirar para espiar a nombre del gobierno cubano podían sostener un juicio justo en Miami tuvo un cambio radical de postura. Dio el extraordinario paso de solicitar personalmente un cambio de sede en un caso civil, argumentando que su cliente el Fiscal General de los Estados Unidos no podía tener un juicio justo allí. En un caso en el que se acusaba al INS de discriminación laboral contra los latinos, citó muchos de los mismos factores que habían utilizado los cubanos para demostrar el prejuicio comunitario que les imposibilitaba tener un juicio justo. En el caso de los cubanos, ignoró totalmente la posibilidad de prejuicios en la comunidad. Pero cuando se trataba de su cliente, se refirió a sucesos tales como el furor por la decisión de devolver a Elián González como evidencia de parcialidad en la comunidad.

En el caso de los francos tiradores de Washington, una corte otorgó el cambio de sede de 300 Km más allá del lugar de los sucesos para asegurar un juicio justo. En el caso del acusado de las explosiones de Oklahoma City, la corte otorgó el cambio de sede a 2000 Km de distancia.

A Antonio Guerrero, que no tomó una sola página de documento secreto, le impusieron la misma sentencia de cadena perpetua que al más notorio espía de la historia norteamericana, Aldrich Ames, quien tomó miles de documentos secretos y los vendió a la Unión Soviética durante muchos años.

Robert Hansen, del FBI, tomó miles de documentos secretos y los vendió a la Unión Soviética, poniendo en peligro las vidas de agentes norteamericanos y fue condenado a cadena perpetua. Antonio Guerrero que no tomó un sólo documento secreto le impusieron la misma condena, cadena perpetua.

40.¿Existe alguna evidencia de que la condena a los Cinco, además de ser una acción política contra Cuba, buscaba proteger a las organizaciones terroristas de Miami?

Tal evidencia existe y de forma muy contundente.

Las mociones de la Fiscalía siempre tuvieron el objetivo de evitar que el tema del terrorismo se tratara en el juicio.

El caso de René González es pieza clave para comprender la verdadera naturaleza de todo el proceso mañosamente urdido con la única finalidad de proteger al terrorismo anticubano y castigar a quienes lo combaten dentro de los Estados Unidos.

El propio René lo explica en su alegato: «si tuve que venir a juicio fue por solidaridad con mis hermanos». A él no lo acusaron de «espionaje», contra él no se lanzó la infame imputación de «asesinato». René fue acusado y condenado única y exclusivamente por penetrar a varios grupos terroristas radicados en Miami e informar a Cuba sobre sus planes criminales. Si él hubiese colaborado con la fiscalía aceptando rendir falso testimonio para ayudar a fabricar las inventadas acusaciones contra sus compañeros, hoy pasearía libremente por las calles. Para arrancarle esa colaboración maltrataron a su esposa y a sus hijas y a él mismo, con abominable crueldad. Y lo siguen haciendo todavía hoy porque saben que René González, es, en sí mismo, prueba irrefutable de la inocencia de los cinco.

Lo es al extremo que al sentenciarlo tanto los fiscales como la jueza, dejaron constancia de toda la infamia de este juicio. Como se puede apreciar en lo que entonces dijeron:

La jueza: «El terrorismo sea cometido contra inocentes en los Estados Unidos o Cuba, Israel o Jordania, Irlanda del Norte o India, es maligno y erróneo; pero los actos terroristas de otros no pueden excusar la conducta errónea e ilegal de este acusado o de ningún otro» (Transcripción de la audiencia de sentencia ante la Honorable jueza Joan A. Lenard, diciembre de 2001, páginas 42 y 43). La fiscalía por su parte, al expresar «preocupación porque este acusado después de que cumpla su sentencia continuará persistiendo en su actividad» (ídem página 26), insistió en que además de 15 años de cárcel- máxima pena posible para el cargo imputado- a René había que «incapacitarlo» incluso después que recuperase la libertad (ídem páginas 26 y 27). La jueza accediendo a la solicitud gubernamental incluyó como parte de la sentencia esta reveladora orden: «Como una condición especial adicional para su liberación supervisada se le prohíbe al acusado asociarse con o visitar lugares específicos donde individuos o grupos tales como terroristas, miembros de organizaciones que abogan por la violencia y figuras del crimen organizado se sabe que están o frecuentan» (ídem páginas 45 y 46).
Esta mismo cláusula se aplicó también a Antonio Guerrero.

41.¿Puede afirmarse que el juicio y la sentencia impuesta a los Cinco muestra una doble moral del gobierno norteamericano para enfrentar el terrorismo?

Sin lugar a duda alguna el juicio y la sentencia impuesta a los Cinco constituyen uno de los ejemplos más claros y evidentes de que el gobierno del presidente George W Bush aplica una doble moral en el enfrentamiento a las actividades terroristas.

Dicho de otra manera, es un ejemplo práctico de que para Washington hay un terrorismo bueno y un terrorismo malo.

En territorio de Estado Unidos se registran 360 hechos de violencia cometidos por los grupos terroristas entre 1959 y 2002, desde que fue asaltado el Consulado de Cuba en New York, el primero de abril de 1959, hasta los artefactos explosivos colocados en las sedes de la Fundación Nacional Cubano-Americana y Alpha 66 en Miami el 23 de junio de 2002.

Estados Unidos, después de Cuba, ha sido el país más afectado por esas acciones: 186 de estos actos criminales han dañado intereses norteamericanos y de otros países, gubernamentales y privados.

Con estos antecedentes, cómo interpretar entonces que tres meses después de los atroces hechos del 11 de septiembre una jueza norteamericana dicte una sentencia que prohíba a René González, después que cumpla los 15 años de cárcel a que le condenó, «asociarse con o visitar lugares específicos donde individuos o grupos tales como terroristas, miembros de organizaciones que abogan por la violencia y figuras del crimen organizado se sabe que están o frecuentan».

«Quienes albergan a un terrorista son tan culpables como el terrorista», ha dicho reiterada e hipócritamente el presidente Bush. En la sentencia dictada contra René por un tribunal Federal de Miami se reconoce «que individuos o grupos tales como terroristas» se albergan en esa ciudad norteamericana. Con la definición del número uno de la Casa Blanca y la sentencia de la jueza de Miami queda bien definido quienes son los terroristas y quienes amparan a los terroristas.

42.¿Habrá alguna otra razón más allá de aquella que demuestra una doble moral para combatir al terrorismo, en la acusación adicional que se le aplicó a René González relacionada con los grupos terroristas de Miami?

Existe, por lo menos, otra poderosa razón: el compromiso contraído por George W Bush con los grupos terroristas de Miami por el apoyo que le ofrecieron en su «elección» para presidente de los Estados Unidos.

Todos recuerdan el papel destacado que jugaron los grupos de cubanos radicados en Miami en el gran fraude que se cometió en el estado de la Florida, y que hizo posible que se le otorgara la Primera Magistratura al candidato que había perdido las elecciones.

El juicio contra los Cinco y la sentencia contra René fue una de las formas de retribuirles a los grupos terroristas el apoyo en las elecciones presidenciales. En la actualidad el compromiso de Bush con ellos se continúa cumpliendo mediante el incremento de su política de hostilidad contra Cuba.

43.¿Ha sido presentada alguna apelación del juicio?

Sí. En abril/mayo de 2003 los abogados de la defensa presentaron sus alegatos de apelación ante el 11no. Circuito del Tribunal de Apelaciones de Atlanta.

44.¿Cuáles fueron los argumentos presentados por la defensa en la apelación?

La esencia de los argumentos presentados fueron:

1. A los acusados se les negó un juicio justo, ya que Miami era una sede en la cual ellos no podían recibir una consideración justa en su caso.

2. La conspiración para cometer espionaje no fue probada, más allá de una duda razonable.

3. La conspiración para cometer asesinato por parte de Gerardo Hernández no fue no sólo no probada más allá de una duda razonable (como fue reconocido por el gobierno de los Estados Unidos), sino que el cargo no tiene precedente en el derecho norteamericano, ya que el derribo de los aviones constituyó un acto de un estado soberano protegiendo su soberanía, su territorio y su pueblo.

4. Las sentencias fueron excesivas y en violación de las pautas apropiadas.

5. Los procedimientos secretos invocados por el gobierno y la conducción del juicio fueron violaciones fundamentales de la Constitución de los Estados Unidos.

6. Cualquier acto realizado por los Cinco, todos sin uso de armas relacionados con supuesto espionaje, estaban justificados por la Doctrina de la Necesidad, y por tanto excusables en Derecho.

Todos estos argumentos de principio forman parte de la documentación escrita de 700 páginas presentada por los abogados de la defensa.

45.¿El gobierno de los Estados Unidos ha respondido la apelación presentada por los abogados de la defensa?

Sí. El 29 de septiembre del 2003 el gobierno de los Estados Unidos presentó su respuesta escrita (en 100 páginas) a los documentos de apelación presentados por los abogados de los Cinco. La defensa presentó su réplica escrita el 17 de noviembre. Con eso concluyeron las presentaciones escritas a la Corte de Apelaciones.

46.¿Por qué los familiares de los Cinco han denunciado a los Estados Unidos como violadores de sus derechos humanos?

Desde el momento mismo de la detención de los Cinco, agentes del FBI, autoridades norteamericanas y el propio gobierno de los Estados Unidos han cometido graves violaciones de derechos humanos de sus familiares más allegados. A dos de las esposas les han sido negadas en múltiples ocasiones las visas para ingresar en el país con el propósito de visitarlos en las prisiones. Son los casos de Olga Salanueva, esposa de René González y de Adriana Pérez O'Conor, esposa de Gerardo Hernández, la crueldad de esas violaciones son realmente indignantes.

La prohibición por parte del Gobierno de Estados Unidos de permitir la entrada a territorio norteamericano a Olga Salanueva y Adriana Pérez, se les ha aplicado sobre la base de decisiones arbitrarias y sin fundamentación.

En el caso de Olga Salanueva, el 29 de marzo de 2002, el Gobierno de Estados Unidos le concedió visa para entrar a territorio norteamericano a fin de visitar a su esposo.

El 23 de abril de 2002, el Gobierno de Estados Unidos le revocó esa visa declarándola inadmisible en virtud de la Sección 212 (a) (3) (B) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, alegando por consiguiente que Olga Salanueva era una terrorista.

El Gobierno de Estados Unidos le negó nuevamente la visa a Olga Salanueva en octubre de 2002, abril 2003 y noviembre 2003. En estas dos últimas ocasiones el Gobierno de Estados Unidos modificó el argumento para la negación de la visa.

Olga dejó de ser inadmisible por «terrorista» para pasar a serlo por supuesta «agente de inteligencia, saboteadora, o alguien que pudiera provocar el derrocamiento del Gobierno de los Estados Unidos por la fuerza, violencia u otros medios ilegales», según se infiere de la letra de la Sección 212 (a) (3) (A) invocada por sustentar la negación de su visa.

Olga Salanueva permaneció residiendo legalmente durante dos años y dos meses en territorio norteamericano, después del arresto de su esposo René González, el cual se produjo en su casa y en su presencia. En ese período de tiempo, no se le indicó vinculación alguna con los cargos de los que posteriormente fue acusado su esposo, no fue acusada ni encausada por ningún cargo federal.

De haberlo considerado necesario, el Gobierno de Estados Unidos dos años y dos meses fue tiempo suficiente para presentar cargos en su contra y encausarla.

Negarle la visa alegando una presunta actividad de inteligencia constituye, además, un argumento absurdo, máxime cuando su esposo no fue acusado de espionaje.

La hija de Rene y Olga, Ivette, vio por primera vez a su padre cuando contaba cuatro meses, en 1998, en sólo dos ocasiones. Desde entonces, ahora Ivette tiene 6 años, no lo ha podido ver más, la crueldad del gobierno norteamericano lo impide.

En el caso de Adriana Pérez, el 25 de julio de 2002, el Gobierno de Estados Unidos le impidió su entrada al territorio norteamericano después de haberle concedido la visa correspondiente, alegando razones de seguridad.

El abril de 2003 y noviembre 2003, el Gobierno de Estados Unidos le denegó la visa nuevamente a Adriana Pérez invocando la Sección 212 (a) (3) (A) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1996. ¿Es qué acaso el Gobierno de Estados Unidos considera a Adriana Pérez como una presunta «agente de inteligencia, saboteadora, o alguien que pudiera provocar el derrocamiento del Gobierno de Estados Unidos por la fuerza, violencia u otros medios ilegales» lo que podría inferirse de la letra de la Sección utilizada para sustentar tal decisión?

Las autoridades norteamericanas no pueden alegar que Adriana Pérez haya actuado en contra de los Estados Unidos ni provocado daños a su seguridad nacional.

El Gobierno de Estados Unidos no dispone ni podría disponer de prueba o indicio alguno para estimar que la presencia de Adriana Pérez en territorio norteamericano pueda dañar los intereses de ese país. Su nombre no aparece en el acta acusatoria vinculado a los cargos de que fue acusado su esposo Gerardo Hernández, ni ninguno de sus cuatro compañeros.
De haber tenido alguna evidencia concreta en su contra, el Gobierno de Estados Unidos podría haber procedido a arrestar a Adriana Pérez en el momento en que le impidió su entrada a territorio norteamericano.

En cuanto a las visas concedidas al resto de los familiares de los cinco cubanos presos en Estados Unidos, no es exacto afirmar, como lo hace el departamento de Estado en su nota, que se le han otorgado «muchas visas» si se toma en cuenta que en los últimos tres años sus familiares sólo han podido viajar a los Estados Unidos a visitarlos dos veces al año como promedio, y que, de acuerdo al régimen de visitas de sus respectivas prisiones podían haberlo hecho con una frecuencia mayor, de no existir el impedimento de la visa.

Por esas razones los familiares de Ramón, Antonio y Fernando también se encuentran sometidos a tratos inhumanos y crueles; a ellos también les son violados sus derechos humanos.

A la madre de Fernando, Magalys Llort, y a su esposa Rosa Aurora Freijanes, las someten a interminables meses de espera para el otorgamiento de visas para poder ingresar al territorio norteamericano; y les han impuesto un tratamiento discriminatorio al exigirles un permiso especial que, por supuesto, les resulta difícil obtener. Por iguales circunstancias atraviesa Elizabeth Palmeiro, esposa de Ramón Labañino.

En el caso de Mirta Rodríguez, madre de Antonio Guerrero, que también tiene que enfrentarse a largos períodos de espera para poder ver a su hijo, las autoridades del establecimiento penitenciario donde éste sufre prisión ya la han sometido a situaciones psicológicas muy fuertes.

En una ocasión en que ella, después de vencer grandes dificultades para que le otorgaran la visa, se encontraba en la Ciudad de Colorado para visitar a su hijo, éste fue trasladado a otra prisión en Springfield, Illinois, sin previo aviso a él y a su mamá.

47.¿Estados Unidos está respetando el derecho que asiste a los funcionarios cubanos de prestar servicios consulares a los Cinco y a sus familiares?

El 27 de febrero de 2004, el Gobierno norteamericano decidió restringir la visita que los funcionarios consulares cubanos podían realizar una vez al mes a los Cinco, a una vez cada tres meses.

Al mismo tiempo anunciaron que no autorizarían más a los funcionarios de la Oficina de Intereses de Cuba en Washington, a acompañar a los familiares de los prisioneros. Debe tenerse en cuenta que ellos tienen que viajar largas distancias para poder verlos y permanecer en un entorno extraño durante las visitas, por lo cual merecen todo el apoyo como parte de un elemental sentido de humanidad.

El 16 de marzo de 2004, el Gobierno cubano en carta enviada a la Organización de Naciones Unidas denunciaba que el Departamento de Estado norteamericano, de manera sistemática, ponía obstáculos para impedir que los funcionarios consulares cubanos cumplan con su deber y su derecho de brindar asistencia consular a estos ciudadanos cubanos. Incluso, llegaron a negar en dos ocasiones los permisos de viaje a los funcionarios cubanos para la realización de visitas consulares a Gerardo Hernández y Fernando González en el 2003.

Adicionalmente, el Departamento de Estado ha comenzado a cuestionar, condicionar y negar la posibilidad de que los funcionarios de la Sección de Intereses de Cuba en Washington acompañen a los familiares de los Cinco durante su visita a los Estados Unidos. Lo cual representa un elemental sentido de humanidad.

Para ilustrar estas afirmaciones basta citar algunos ejemplos del año 2003.

~ El 17 de junio el Departamento de Estado comunicó a la Sección de Intereses que no autorizaba el viaje de un funcionario cubano durante toda la estancia en Colorado de la madre y el hijo de Antonio Guerrero, debiendo regresar a Washington durante los días en que no hubiera visita a la prisión.
~ El 27 de julio y el 6 de agosto se comunicó similar decisión con relación al funcionario que debía acompañar a la familia de Ramón Labañino a Beaumont, Texas, y a la de Fernando González a Wisconsin, respectivamente.
~ El 8 de agosto se negó el permiso para que un funcionario de la Sección de Intereses de Cuba acompañara a la hija de René González en su viaje por carretera desde Miami, Florida, a Edgefield, Carolina del Sur.
~ El 17 de diciembre negaron el permiso de viaje a Lompoc, California, para un diplomático cubano que debía acompañar a familiares de Gerardo Hernández.


48.¿Qué leyes y normas jurídicas de Estados Unidos e Internacionales fueron violadas durante el arresto a los Cinco, en el proceso de preparación y celebración del juicio, y en el trato dado a los prisioneros y sus familiares?

Como mínimo, fueron violados aspectos importantes de la Constitución de los Estados Unidos; las Regulaciones del Buró de Prisiones Federales; la Declaración sobre la Protección de todas las personas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; la Convención de Viena sobre Derechos Civiles y Políticos; la Convención sobre los Derechos del Niño; las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas (ONU) para el Tratamiento de los Prisioneros; y, la Convención Americana de Derechos Humanos.

49.¿Algunos de los cinco habían cumplido con anterioridad misiones internacionalistas?

Gerardo, Fernando y René formaron parte del gran contingente de combatientes internacionalistas que lucharon junto al pueblo angolano por la independencia y soberanía de ese hermano país africano.

Gerardo estuvo en Luanda y Cabinda entre 1989 y 1990; Fernando permaneció en Kahama y Lubango, entre 1987 y 1989; y René permaneció en Cabinda, desde 1977 hasta 1979.

50.¿En el mundo se conoce bien la causa de los cinco?

Lamentablemente la justa causa de los cinco no es muy conocida en el mundo, a pesar de que numerosos amigos de Cuba se esfuerzan por divulgarla.

Los grandes medios de prensa que controlan el mundo de las noticias, se han confabulado para guardar absoluto silencio sobre los cinco prisioneros políticos cubanos. Esta situación es particularmente vergonzosa en los Estados Unidos. En esta poderosa nación, a excepción de Miami, el resto de la población norteamericana ni siquiera conoció de la detención de los cinco y, mucho menos, saben que están presos cumpliendo injustas y exageradas condenas.

El abogado de Antonio Guerrero, el norteamericano Leonard Weinglass, se ha mostrado sorprendido por el grado en que la prensa de los Estados Unidos ignoró el caso de los Cinco a pesar de sus características. «Este caso tenía que ser una historia en la prensa norteamericana. Más grande que el caso de O.J. Simpson, que los escándalos de Clinton, pero no fue reportado de manera amplia en el país- ha declarado Weinglass-. También argumentó el abogado que en el año en que los Cinco fueron juzgados, «fue el caso más largo de los EE.UU y, al mismo tiempo, fue el único juicio que involucró cuestiones de relaciones exteriores de los Estados Unidos dentro de un contexto criminal». «Hubo generales y almirantes testificando, 72 testigos, notas diplomáticas, memorándums de la Casa Blanca y un asesor de Clinton, Nuccio, y nada de eso fue reportado». «Como si nada hubiese ocurrido...» afirmó Weinglass.

51.¿Cómo en el mundo se está conociendo la causa de los Cinco?

Para dar a conocer la justa causa de los Cinco y para movilizar a la opinión pública a favor de que se les libere y puedan regresar a Cuba, amigos de la Revolución cubana, personas honestas y amantes de la justicia, han constituidos Comités de Solidaridad con los Cinco en todas las regiones del planeta. En la actualidad existen 224 Comités de Solidaridad con los Cinco en 79 países: Asia y Oceanía 7, África y Medio Oriente 52, Europa 81, Norteamérica y emigración cubana 29. En los Estados Unidos existen 23, América Latina y el Caribe 55.

52.¿De qué manera Cuba da a conocer la causa de los Cinco?

Todo el pueblo de Cuba, sus organizaciones e instituciones están incorporados activamente a la batalla de dar a conocer en el mundo la justa causa de los Cinco, y por lo que es más importante aún, lograr su liberación y retorno al país.

Existen más de 40 sitios Web que informan lo relacionado con los Cinco, siendo el más importante www. antiterroristas.cu desde el cual, día a día se actualizan los más mínimos detalles de lo que está aconteciendo en relación con los cinco prisioneros políticos cubanos.

La Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba ha discutido en varias ocasiones la situación de los Cinco y ha emitido declaraciones que ha dado a conocer a los Parlamentos y parlamentarios en todo el mundo.

Cada sábado, de cada semana, se celebra un acto público en diferentes municipios del país en los cuales el pueblo de la localidad, en representación de todo Cuba, manifiesta su solidaridad con los Cinco.

El ejemplo de dignidad, heroísmo, de amor y lealtad a la Patria y/a la Revolución que René, Fernando, Antonio, Ramón y Gerardo están ofreciendo desde las cárceles de los Estados Unidos está inspirando hoy todo el que hacer del pueblo cubano en su obra pacífica y de justicia y en su disposición de defensa de la independencia y soberanía del país.

Tan solo, en el sector del turismo, se han constituido alrededor de 250 Comités de Solidaridad con el objetivo de dar a conocer la verdad del caso. También extranjeros residentes en Cuba han organizado un Comité Solidario con los Cinco.

53.¿Es cierto que Antonio Guerrero es poeta?

Margaret Louise Becker, al hacer el prólogo del libro Desde mi altura, que recoge los poemas escrito por Antonio Guerrero, explicaba que el autor de esos versos «amor y amigo mío»... «es un hombre de paz, integridad y amor»... y afirmaba que era necesario que... «este libro vea la luz, para que el mundo pueda conocer los valores espirituales profundamente éticos que motivan la vida y la obra de Antonio.»

El prestigioso intelectual cubano y presidente de la Casa de las Américas, Roberto Fernández Retamar, invitado a escribir la presentación de Desde mi altura, decía, con las clásicas palabras cervantinas, que el libro de Antonio «se engendró en una cárcel, donde toda incomodidad tiene su asiento». «Y es desde el fondo de esa cárcel de donde salen estos versos transidos de amor, de solidaridad y esperanza».

Como ejemplo de la sensibilidad de su condición de poeta merecen citarse los poemas siguientes:

Tú Eres

A mi hijo

Tú eres mi mano,
si a lejanos amigos no puedo saludar.
Tú eres mi voz,
si en tribunas de ideas no puedo denunciar.
Tú eres mi risa,
si a la hora más pura no puedo consolar.
Tú eres mi sueño,
si llegado el momento no pudiera soñar.
Si te sirven
aquí estoy arriesgando estos versos
valerosos, leales y risueños,
partos de los intrépidos sentidos,
conceptos engendrados por los sueños,
voces del alma, más que del talento,
que representan una llamarada,
testamentos, secuelas del momento,
tan sólo para el fin de una jornada.
Versos con esta sombra de nostalgia,
con este arraigo nómada y activo,
con esta ausencia sin ella, ni ruidos,
con todo este coraje y esta magia,
con todo este privilegio vivo,
con más amor que libertad nacidos.
Tómalos si te sirven,
para cruzar el mar
o algún abismo.
Guárdalos, si tú quieres,
en el centro de ti mismo.

54.¿En qué momento Gerardo Hernández Nordelo se convirtió en humorista y caricaturista?

El propio Gerardo ha dicho que desde muy pequeño le gustaba dibujar, y que su interés por la caricatura comenzó cuando su tío Oscar Nordelo le regaló una colección de un semanario humorístico cubano llamado «Palante». En esa época empezó a hacer algunas caricaturas que enviaba a ese semanario, las cuales algunas le publicaron. Con el tiempo participó en varios concursos de humorismo y en eventos dedicados al oficio de hacer reír. Finalmente, integró un equipo de jóvenes caricaturistas que tenían la responsabilidad de editar el suplemento humorístico «Aspirina» del diario de la Capital de Cuba, Tribuna de La Habana. También publicó sus trabajos en las páginas de «El Muñe», una publicación de mucha calidad, de la Editorial «Pablo», dedicada fundamentalmente a historietas. El personaje de su historieta era pepino.

La Editora Palante/Editora Política, publicó en ciudad de La Habana, en el 2002, un libro titulado El amor y el humor todo lo pueden, donde aparecen muchas de sus caricaturas. En el libro aparecen escritos de sus cuatro compañeros de prisión que demuestran fielmente las grandes dotes humorísticas de Gerardo.

«En los tiempos difíciles de prisión, en el aislamiento duro de aquellos 17 meses en el hueco, la caricatura de Gerardo nos trajo la sonrisa y la alegría tan necesarias para luchar y vencer».

Ramón Labañino


«Gerardo La Chispa de tu humorismo ágil,
espontáneo y cubano,
hará multiplicar la sonrisa reflexiva
con que nos demostraras,
bajo enconado castigo,
que Rencor con humor
se paga, tu hermano.

René González

«Tuve el honor de compartir la celda con Gerardo en el Centro de Detención en Miami durante algo más de un año y medio y llegué a la conclusión de que al artista hay que dejarlo tranquilo; yo creo que esa es una de sus formas de expresión. Sin ella sería otro, pero no Gerardo».

Fernando González

«En los momentos más difíciles, allí ha estado su humor y su valor. Muchas veces he pensado cuanto nos ha ayudado las caricaturas de nuestro hermano Gerardo para resistir y vencer. Ellas tienen un símbolo: «Convicción en la Victoria»

Antonio Guerrero

55.¿Existen posibilidades de que el pueblo norteamericano llegue a conocer la verdad sobre las injusticias cometidas con los Cinco?

A pesar de la conjura del gobierno norteamericano y la gran prensa de ese país imponiendo un gran barrera de silencio para que el pueblo estadounidense no conozca de las injusticias cometidas con cinco prisioneros políticos cubanos, la verdad se ha ido abriendo pasos.

El 3 de Marzo de 2004, el Comité Nacional norteamericano Free The Five (Liberen a los Cinco) publicó una página pagada en The New York Times en la que se explicaba con claridad los detalles del caso. Ese día miles de ciudadanos visitaron el Sitio Web de esa organización para conocer más sobre quienes están presos en ese país por combatir allá contra el terrorismo.

56.¿En la audiencia oral participaron juristas internacionales y representantes de organizaciones que apoyan la causa de los Cinco?

Efectivamente a pesar de que en la audiencia de la vista oral sólo participaron 60 personas aproximadamente, entre estas se encontraban personalidades de importantes organizaciones de juristas y dirigentes de Comités de Solidaridad con los Cinco, de los que se destacan: el Dr. Carlos Zamorano, de Argentina, quien representa la Asociación Americana de Juristas y la Liga Argentina por los Derechos Humanos; el abogado italiano Fabio Marcelli, de la Asociación Internacional de Abogados Democráticos; Everhard Schultz, de la Liga de Derechos Humanos y representante también de la Asociación de Abogados de Berlín; el jurista Ian D. Thompson, representante del Gremio Nacional de Abogados de Estados Unidos.

57.¿Cuáles fueron las declaraciones de los abogados y dirigentes de organizaciones de solidaridad con los Cinco después de concluida la vista oral de la Corte de Apelaciones de Atlanta?

El Dr. Carlos Zamorano, de Argentina, quien representa la Asociación de Juristas y la Liga Argentina por los Derechos Humanos subrayó que su país también sufrió el terrorismo cubano-americano a través de la Operación Condor y dijo esperar una decisión favorable de la corte «para honra de la Justicia norteamericana» ante el flagelo del terrorismo.

«La propia constitución de Estados Unidos está del lado de los Cinco», valoró por su parte Edith Flamand, de la Red de Abogados Progresistas de Bélgica, mientras el abogado italiano Fabio Mercelli, de la Asociación Internacional de Abogados Democráticos, reclamaba la independencia de la justicia ante las maniobras constantes del Poder Ejecutivo norteamericano y denunció las «contradicciones flagrantes» en las pretensiones de la Fiscalía en cuanto al cambio de sede.

«No hay pruebas suficientes» para sostener los varios cargos, señaló Everhard Schultz de la Liga de Derechos Humanos quien también representa la Asociación de Abogados de Berlín.

A nombre del Gremio Nacional de Abogados de Estado Unidos, el jurista Ian D. Thompson, de los Ángeles justificó ante la prensa el gran interés de esta organización ante la causa de los Cinco, desde que se realizó un amplio análisis de este caso flagrante de injusticia.

58.¿Qué personalidades mundiales han hecho declaraciones a favor de los Cinco?

Su justa causa ha ido ganando adeptos de importantes personalidades del mundo, tales como: los premios Nobel Nadine Gordiner y Adolfo Pérez Esquivel; Ramsey Clark, exfiscal general de Estados Unidos; Noan Chomsky, profesor del Instituto de Tecnología de Massachussets.

59.¿Qué ha dicho Nadine Gordiner, Premio Nobel, sobre los Cinco?

La Premio Nobel de Literatura, Nadine Gordimer, envió una carta al The New York Times solicitando el regreso de los Cinco a sus hogares:

THE NEW YORK TIMES
13 de abril del 2003-04-13

Caso de los Cinco Cubanos

Al Editor:
Me siento profundamente preocupada por la terrible situación en la que se encuentran cinco ciudadanos cubanos presos en cárceles de Estados Unidos: Gerardo Hernández, Rene González, Ramón Labañino, Antonio Guerrero y Fernando González.
La mayor parte de los 33 meses entre su arresto y sentencia la pasaron en confinamiento solitario. Este desprecio por los derechos humanos no es digno de un país democrático.
El juicio se celebró en Miami, donde los cargos de espionaje (que nunca fueron probados) solo podían ser escuchados por un jurado prejuiciado, puesto que allí hay una presencia dominante de enemigos declarados de Cuba.
Mientras esperaban la revisión del juicio, que finalmente tiene lugar ante el 11no Circuito de la Corte de Apelaciones de Atlanta, ellos fueron ubicados en «confinamiento solitario» y se les negó la visita de sus familiares o el acceso libre a sus abogados. Con esa medida se les privó del derecho que les da la Quinta Enmienda al debido proceso, al derecho de la Sexta Enmienda a tener consejo legal sobre su apelación y sobre el derecho de protección contra el castigo cruel e inusual que establece la Octava Enmienda. Más allá de los derechos violados, ellos son mantenidos en condiciones que niegan su dignidad humana.
Llamo a que estos hombres sean enviados de regreso a sus hogares y a sus vidas en Cuba.

NADINE GORDIMER
Johannesburg, 11 de Abril del 2003


60.¿Qué ha dicho Adolfo Pérez Esquivel, Premio Nobel, sobre los Cinco?

En declaraciones públicas el Premio Nobel de la Paz, Adolfo Pérez Esquivel ha expresado su solidaridad con los Cinco de la manera siguiente:

«…dicen que EEUU es un país democrático, mientras restringe la libertad de expresión y llega a bloquear los fondos de solidaridad con los cinco cubanos presos en los EEUU, para que el pueblo norteamericano no conozca la verdad y la injusticia de las acusaciones y condenas contra los prisioneros. Frente a esta situación de injusticia, hay gobiernos que miran para otro lado por miedo y no quieren irritar a la fiera y ser victimas de las sanciones imperiales.»

«Ricardo Alarcón, presidente del Parlamento cubano, ha denunciado el bloqueo de los fondos solidarios de organizaciones sociales por parte del gobierno de Bush, para publicar en los EEUU una solicitada en el New York Times, sobre la situación de los cinco prisioneros cubanos. Es necesario que toda persona y organizaciones solidarias, iglesias, movimientos sociales, se sumen a la resistencia por el derecho de los pueblos a su autodeterminación; a su dignidad y reclamen la libertad de los cinco prisioneros. Reclamar la devolución de los recursos de las organizaciones solidarias con Cuba y el derecho del pueblo norteamericano a ser informado correctamente y no ser manipulado».

61.¿Qué ha dicho Ramsey Clark, exfiscal general de los Estados Unidos, sobre los Cinco?

El exfiscal general de los Estados Unidos, Ramsey Clark, emitió una declaración pública en la que expresa:

«Cinco cubanos están enfrentando sentencias de prisión en Miami, Florida, bajo la acusación de espionaje y otros delitos contra Estados Unidos.

«Las autoridades federales que los han acusado saben bien que sus misiones eran las de defender a su país contra ataques violentos.

«Durante más de cuatro décadas incontables ataques contra Cuba, muchos de ellos con consecuencias mortales, se han originado desde la Florida. El gobierno norteamericano ha permitido y ha apoyado frecuentemente estas operaciones en territorio norteamericano con impunidad.

«Fueron estas circunstancias las que provocaron la presencia de los cinco cubanos en Estados Unidos, en interés de prevenir más ataques contra su patria.

«La autodefensa es un derecho humano fundamental recogido en la Carta de Naciones Unidas y en el Derecho Internacional.»
«La verdad, la justicia y la paz solo pueden ser honradas liberando a estos cinco cubanos y permitiéndoles que regresen a su país.

62.¿Qué ha dicho Noam Chomsky, profesor del Instituto de Tecnología de Massachussets sobre los Cinco?

En entrevista telefónica realizada por Bernie Dwyer al profesor Noam Chomsky, él ha declarado:

«Es un caso asombroso. Cuba se ofreció a cooperar con Estados Unidos en la lucha contra el terrorismo y, de hecho, el FBI envió personal suyo a la isla a informarse al respecto. Lo que ocurrió después fue el arresto de los cubanos que habían infiltrado los grupos terroristas en Estados Unidos. Es realmente repugnante ¿Y cree usted que se informó de esto a la opinión pública? Nadie sabe nada al respecto. Estos cubanos infiltraron organizaciones terroristas radicadas en Estados Unidos que violan la ley estadounidense y lo que ocurre es que arrestan no a los terroristas, sino a los infiltrados. Es algo asombroso. Estados Unidos se ha rehusado a cooperar con Cuba en la lucha contra el terrorismo porque ello conduciría directamente a los grupos terroristas radicados en el propio territorio estadounidense».

63.¿Qué opinó Leonard Weinglas, abogado de Antonio Guerrero, sobre la audiencia que conoció de la apelación?

Esta fue una corte inteligente y muy calificada. Era una corte de más años. Un juez tiene 80 años y el otro 84. Estos no son jueces que desean avanzar en sus carreras. Ya tienen un nombre, una carrera hecha. Sin embargo, es muy difícil predecir cuál va a ser la decisión de la corte, afirmó Weinglas.

64.¿Las Naciones Unidas han tomado alguna posición sobre el caso?

El 27 de mayo de 2005, el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas decidió que la privación de libertad de Los Cinco es arbitraria y está en contravención del artículo 14 de la Convención Internacional de Derechos Civiles y Políticos, solicitándole al Gobierno norteamericano que adopte las medidas necesarias para remediar esta situación.

65.¿En qué fecha se produjo el dictamen de la Corte de Apelaciones de Atlanta sobre los Cinco?

La decisión de la Corte Federal de Apelaciones de Atlanta fue adoptada el 9 de agosto de 2005.

66.¿En qué consiste la esencia del dictamen de la Corte de Apelaciones de Atlanta?

En darle la razón a lo que habían dicho los Cinco en torno a la imposibilidad de un juicio en Miami, revocar los veredictos acusatorios contra ellos y ordenar un nuevo juicio.

Esa decisión es portadora de un mensaje muy importante: en todas partes existe decoro, dignidad.

67.¿Qué opiniones emitieron los abogados de la defensa de los Cinco sobre el dictamen de los tres jueces?

Varios fueron los criterios emitidos, entre los que se destacan:

Leonard Weinglass:

«…Esta es realmente una decisión histórica. Nunca antes en la historia de los Estados Unidos una Corte Federal de Apelaciones ha revertido la decisión de un juicio respecto al lugar» «…Es un extensivo y muy detallado análisis del asunto del lugar que nunca antes se había hecho por ninguna Corte en ningún lugar del país».

Paul McKenna:

«…Lo que sucederá ahora, eso está en manos de la fiscalía. Lo que quiero es que a mi cliente lo saquen de la prisión de máxima seguridad en California porque no tiene culpa de nada en este momento. Ya no tiene cadena perpetua. Es inocente ahora al igual que al principio del juicio».

«…La Corte de Atlanta analizó punto por punto viendo que el juicio estaba lleno de prejuicios desde el comienzo hasta el final. Dijeron que al final esta decisión no iba a ser popular pero es lo que demanda la Constitución de los EE.UU.».

«…En cuanto a lo que sucederá ahora, los acusados tendrán que ser liberados de su encierro y enviarlos a Miami porque todo tendrá que comenzar de cero, como antes de ser juzgados. Se tendrán que tomar algunas decisiones con relación a las fianzas, dónde se quedarán, dónde tendrá lugar el nuevo juicio».

«…En cuanto a los próximos pasos, si, es borrón y cuenta nueva para los acusados. Todas las sentencias fueron anuladas. En estos momentos ellos no cumplen ninguna condena y son nuevamente, solo acusados en un proceso legal en el que son presuntos inocentes y tienen que ser sacados de sus celdas y enviarlos al distrito en donde comenzó el caso, o sea, aquí en Miami. En cuanto a la jueza ahora que ella tiene instrucciones de la Corte de Apelaciones sobre lo inapropiado de la sede en Miami, pienso que es lo único que ella debe tener en cuenta y procederemos nuevamente.

68.¿Tiene esta decisión alguna otra consecuencia para otros casos o sienta un precedente de cualquier tipo para algo relacionado con Cuba en las cortes del distrito de la Florida?

Abogado Leonard Weinglass:

Esta es una decisión publicada que quiere decir que esta opinión se convierte en parte del cuerpo de la ley estadounidense. Y hasta ahora, es una de las opiniones escritas más extensas sobre el tema de la sede y de un juicio justo. Será considerado como un caso histórico desde el punto de vista legal. Este caso será citado por muchos acusados que hoy enfrentan cargos y será utilizado por muchos en el futuro como el mejor ejemplo de un análisis judicial de qué es lo necesario para un juicio justo en los EE.UU. El ejemplo de este caso será usado frecuentemente no solo en el sur de la Florida sino en todo el país.

69.¿La decisión de la Corte de Apelaciones de Atlanta sobre los Cinco tiene relación con el caso del terrorista Posada Carriles?

Esta decisión por supuesto tiene relación con el caso del terrorista Luis Posada Carriles. Los Cinco estaban en Miami con la misión de alertar contra las acciones terroristas. Eso lo reconoció el gobierno de los Estados Unidos desde el primer día. Lo ratificó a lo largo del juicio hasta el final, hasta el momento de la sentencia. Este documento de la Corte de Atlanta tiene, entre otros méritos, que menciona a Posada Carriles como un individuo con un historial de acciones violentas contra Cuba, da cuenta de las acciones terroristas contra Cuba, de los crímenes cometidos contra nuestro pueblo, que fueron denunciados por los Cinco, allí en el Tribunal.

70.¿Significado para Cuba la decisión de la Corte de Apelaciones de Atlanta?

Además del aliento que da a nuestro pueblo para continuar e incrementar la batalla por el regreso a la patria de los Cinco, esta decisión demostró la necesidad para Cuba de defenderse del terrorismo. Eso consta en el documento aprobado por unanimidad por los tres jueces, y es uno de los grandes méritos de estos magistrados: haberlo incluido.

71.¿Qué ocurriría si se produce un nuevo juicio?

Un nuevo juicio para tratar de condenar nuevamente a los Cinco puede convertirse en una especie de Nurenberg para el gobierno de Estados Unidos, sus terroristas y compinches.

72.¿Cuál es ahora la tarea más urgente?

Debemos poner ahora en primer plano, como la tarea más urgente, exigir la inmediata e incondicional liberación de los Cinco secuestrados, puesto que ya no vale el veredicto contra ellos y que sirvió para encerrarlos; fue revocado por un tribunal superior.

Millones de norteamericanos se han enterado de pronto que hubo un juicio en Miami, que ahora la Corte de Apelaciones anula. Hay que impedir que millones de personas ignoren que, a pesar de que esa decisión fue tomada por una Corte de Apelaciones, el gobierno de EE.UU. puede perpetuar el secuestro que está cometiendo en este instante.

Hay que lograr que lo oficina del señor Fiscal General de EE.UU. sea inundada de cartas, fax, de correos de todo tipo. Hay que exigirle a él, que es el que tiene la llave, que libere a las personas que tienen secuestradas

 

Edición:
Jorge Lezcano Pérez
Ra Cuesta Gutiérrez
Corrección:
Orlando Sánchez Gálvez
Colaboración:
Estela Rodríguez Moya
Alfredo Rodríguez Romero
Miguel Álvarez Sánchez
Ana Mayra Rodríguez Falero
Omar Torres Olivares
Silvia García Tabío
Diseño de Portada,
composición y emplane digital:
Iraida Fernández Fariñas


6 de septiembre de 2005
«Año de la Alternativa Bolivariana para las Américas»